Radiografía Informativa.- En atención al exhorto de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA, la empresa Segunda Mano anunció a esta autoridad su decisión de retirar la campaña publicitaria que mantiene en radio y televisión, sobre el perico “cachetes amarillo” con el entrenador del seleccionado nacional, Miguel Herrera.
Al cabo de una reunión con el subprocurador de Recursos Naturales, Alejandro del Mazo, el representante de dicha firma comercial, Mauricio Llamas, dio a conocer la decisión final de retirar finalmente ambos spots, a fin de atender también los reclamos que formularon diversos organismos no gubernamentales.
La campaña era mayormente difundida en televisión abierta y finalmente Segunda Mano anunció a la PROFEPA que sacará del aire ambos anuncios, transmitidas en medios electrónicos, este fin de semana.
La empresa también se comprometió a retirar la publicidad en la que se observa al Director Técnico de la Selección Nacional de Fútbol, Miguel Ernesto Herrera Aguirre, recibir en donación un Loro Cachetes Amarillo (Amazona autumnalis) que difunde en el portal de Internet www.segundamano.mx.
En dicha reunión entre PROFEPA y directivos de Segundamano, la empresa mostró su buena voluntad para tomar medidas respecto a la campaña publicitaria, siendo consciente de la importancia de fomentar una cultura de cuidado a la biodiversidad que tenemos en México.
También se comentó la posibilidad de firmar a un convenio similar al que PROFEPA firmó con Mercado Libre, que tiene la finalidad de evitar el tráfico ilegal de especies de vida silvestre.
Adicionalmente, la empresa busca cumplir con los estándares ambientales en todos los países donde actúa, por lo cual se mostró dispuesta a atender la solicitud de las autoridades mexicanas.
La intervención de PROFEPA en este tema fue en atención a una serie de denuncias toda vez que el perico “Cachetes Amarillos”, especie utilizada en la citada campaña publicitaria, se encuentra en un esquema de protección y está prohibida su venta.
Así lo establece el artículo 60 Bis 2 de la Ley General de Vida Silvestre al señalar que “ningún ejemplar de ave correspondiente a la familia Psittácidae o psitácido, cuya distribución natural sea dentro del territorio nacional, podrá ser sujeto de aprovechamiento extractivo con fines de subsistencia o comerciales”.
En la reunión de trabajo con representantes de la empresa antes mencionada, estuvo también el Subprocurador Jurídico, Gemi José González López.